La Cámara Criminal y Correccional Federal, Sala I, confirmó este viernes el cierre de la causa en la que se investigó el proceso de negociación, suscripción y ejecución del acuerdo Stand By celebrado entre la Argentina y el Fondo Monetario Internacional (FMI) en junio de 2018, durante el gobierno de Mauricio Macri.
El acuerdo había sido firmado por un monto inicial de u$s50.000 millones, que posteriormente fue ampliado a u$s57.100 millones. La investigación alcanzó las actuaciones vinculadas con la intervención del entonces Presidente de la Nación, funcionarios del Poder Ejecutivo y autoridades del Banco Central.
Los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzziconfirmaron la resolución de primera instancia que había dispuesto el archivo de las actuaciones. De esta manera, rechazaron el recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal, que había cuestionado la decisión por considerar que la investigación no estaba agotada y que se había realizado una valoración fragmentada de la prueba.
Qué cuestionaba la fiscalía
Uno de los principales planteos del Ministerio Público Fiscal estaba relacionado con la falta de intervención del Congreso Nacional para la toma del empréstito y con una eventual violación del artículo 75 inciso 4 de la Constitución Nacional.
También había señalado distintas irregularidades en el procedimiento administrativo: la ausencia de un decreto presidencial que formalizara el acuerdo, la falta de intervención del jefe de Gabinete, la actuación del Ministerio de Hacienda en lugar del Ministerio de Finanzas, la ausencia del dictamen del Banco Central previsto por la Ley 24.156 y la apertura de expedientes administrativos después de firmado el acuerdo.
La fiscalía también había planteado que la utilización y administración de los fondos podía configurar una administración fraudulenta, y se había apoyado, entre otros elementos, en un informe de la SIGEN que había estimado un perjuicio patrimonial para el Estado de aproximadamente 29.618 millones de dólares. Pero para la Cámara, esos elementos no fueron suficientes para sostener una acusación penal.
“No es posible inferir” que buscaran violar la ley
Uno de los argumentos de los camaristas fue que las irregularidades en los procedimientos administrativos no implican, por sí solas, la comisión del delito de abuso de autoridad. “El delito de abuso de autoridad exige que el funcionario dicte resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución o las leyes …con dolo específico de violar la norma”, señalaron.
Y agregaron: “no toda cuestión vinculada a las formas procedimentales de la administración pública configura el ilícito del art. 248 CP”, ya que la norma exige un ejercicio “manifiestamente arbitrario o abusivo” de la función. Para los jueces, incluso tomando como ciertos los cuestionamientos planteados por la fiscalía, no podía demostrarse la intención específica requerida por el delito.
“No es posible inferir que el proceder de los imputados haya estado guiado por el propósito de violar la ley”, concluyeron. Para llegar a esa conclusión tuvieron en cuenta, entre otras circunstancias, el contexto de “urgencia financiera” en el que se gestionó el acuerdo, la posterior unificación de la estructura ministerial y los dictámenes de los servicios jurídicos que avalaron la competencia del funcionario que intervino.